✅Como realizar la DECLARACION ANUAL 2024-2025 personas natural y juridicas SIN MOVIMIENTO|FORM.710

Los cronogramas de vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y pago del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras correspondiente al ejercicio gravable 2024 son:

a) Las personas naturales y las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen MYPE Tributario comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley N° 31940.

¿Cómo presentar la declaración? Existen dos formas: a. El Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría, debe ser utilizado por los sujetos que durante el ejercicio gravable a declarar hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del RMT, salvo que en dicho ejercicio gravable se encuentre en los supuestos detallados en el inciso siguiente. Si deseas declarar, ingresa al Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría b. Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, debe ser utilizado únicamente por los sujetos que durante el ejercicio gravable a declarar hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto, y que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: Sus ingresos netos superen las 1 700 (mil setecientas) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Gocen de algún beneficio tributario. Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria. Estén obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País. Estén obligados a presentar el Balance de Comprobación. Pertenezcan al sistema financiero. Hayan presentado el anexo a que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN. Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades. Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del artículo 37 de la Ley. Hayan realizado operaciones gravadas con el ITF, conforme a lo previsto en el inciso g) del artículo 9 de la Ley del ITF. Deduzcan los créditos por Impuesto abonado por la distribución de dividendos o utilidades, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 88 de la Ley. Hayan celebrado contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes. De acuerdo a tus necesidades puedes obtener la versión portable o la versión en línea desde aquí SUNAT – Menú SOL.

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